Legalización de documentos

Muchos clientes nos llaman pidiendo que legalicemos sus documentos, que validemos sus traducciones hechas en otros países o que pongamos los sellos necesarios para que surtan efecto en España, pero ¡no es tan fácil! Os lo explicamos a continuación:

Por ejemplo, los organismos españoles no aceptan las traducciones realizadas en Marruecos por traductores oficiales de allí, ya que estas no tienen validez en España porque dichos traductores no están nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación español (MAEC). Por lo tanto, es recomendable realizar las traducciones juradas oficiales aquí en España.

Además, es importante recordar que todos los documentos procedentes de Marruecos deben tener la Apostilla de La Haya. ¡Tranquilos! Os explicamos de que se trata:

La Apostilla de la Haya es un sello de legalización de documentos para verificar su autenticidad cuando estos documentos vayan a surtir efecto en otro país. La apostilla se pone siempre en el país de origen de los documentos. Los traductores jurados no estamos capacitados ni habilitados para poner la apostilla ni antes ni después de traducirlos. En España, concretamente, se puede apostillar los documentos en varios sitios. Encuentra más información pinchando aquí.

Por si nunca la habéis visto, adjuntamos un ejemplo de una Apostilla de La Haya de Marruecos:

No todos los países están dentro del Convenio de La Haya de 05 de octubre de 1961. Algunos de los países firmantes son: Alemania, Bélgica, Brasil (desde 2016), Cabo Verde, España, Estados Unidos, Francia, Israel, Marruecos (desde 2016), etc.
Las últimas incorporaciones fueron Jamaica y Singapur, ambos en 2021.

Así que ya sabéis, si vuestro país forma parte del Convenio, todos vuestros documentos deberán ser apostillados antes de ser traducidos.

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